Form: "Macri privilegia los negocios inmobiliarios antes que las necesidades habitacionales de los sectores vulnerables de la Ciudad".

31/08/2011

Gacetilla Edgardo Form - Legislador electo por Nuevo Encuentro -31/08/2011
Deuda habitacional

Nuevo Encuentro

Con relación a los datos difundidos ayer por la Comisión de Vivienda de la Legislatura de la Ciudad que detallan la baja ejecución presupuestaria del Gobierno de la ciudad en materia habitacional, el legislador electo por Nuevo Encuentro, Edgardo Form, sostuvo que "la Ciudad reconoce el derecho a una vivienda digna y a un hábitat adecuado según lo establece la Constitución porteña en su artículo 31. Sin embargo, el gobierno de Mauricio Macri no cumple con este mandato constitucional y subejecuta las partidas presupuestarias destinadas a resolver el grave problema habitacional que afecta a cerca de 500 mil personas en la Capital Federal".

A su vez, Form explicó que "el macrismo privilegia los negocios inmobiliarios en la zona norte de la Ciudad, mientras que el sur sigue padeciendo una severa postergación en materia de soluciones para la vivienda y otras prioridades".

"Unos pocos datos ilustran el grave panorama que denunciamos, por ejemplo durante el año pasado sólo se ejecutó el 44 por ciento del presupuesto para ese fin y en primer semestre de este año apenas se aplicó el 19 por ciento" apuntó el flamante legislador electo, y agregó: "el otro déficit en materia de políticas públicas es la disminución en un 16 por ciento (de 210 millones a 176,9 millones de pesos) de fondos del Banco de la Ciudad destinados al Instituto de la Vivienda de la Ciudad, para créditos hipotecarios".

Por último, Edgardo Form advirtió: "Para garantizar el ejercicio de los derechos constitucionales, como es el acceso a la vivienda digna es indispensable la presencia del Estado a través de políticas públicas, dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica, con necesidades especiales y de escasos recursos, tal como manda la Constitución de la C.A.B.A. en el citado artículo 31".