Clarín
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en el primer párrafo de su artículo 46 que “La Ciudad garantiza la defensa de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, en su relación de consumo, contra la distorsión de los mercados y el control de los monopolios que los afectan”.
Por Edgardo Form - Diputado Bloque Frente Nuevo Encuentro. Presidente de la Comisión de Defensa de Consumidores y Usuarios.
En este caso, al igual que en todos los derechos consagrados en el texto constitucional, tanto en el ámbito porteño como a nivel nacional, es indispensable la existencia de un Estado que garantice su cumplimiento efectivo. Pero si bien es una condición necesaria, la experiencia en este caso indica que no es suficiente.
Para que los derechos de la ciudadanía se cumplan en plenitud, es indispensable la participación – en este caso de los consumidores y usuarios – en el control efectivo del cumplimiento de las normas vigentes.
En particular, del programa “precios cuidados”.
Al respecto y en una primera evaluación, aparece como un dato relevante la tendencia hacia un mayor protagonismo de la comunidad, tanto a través de las organizaciones dedicadas a la defensa de los mencionados derechos, como en el cuidado individual del bolsillo de quienes hacen sus compras en los súper e hipermercados.
Esta conducta participativa trasciende los beneficios que puede tener una persona concreta en la preservación de su capacidad de ahorro, sino que tiene un efecto sumamente positivo para el bien común de los sectores con menores recursos.
Sería deseable, por lo tanto, que esta modalidad se incorpore a los hábitos permanente de nuestros compatriotas, como la forma eficaz de asegurar el derecho humano a vivir cada día mejor.